Tamaulipecas ocupan cuarto lugar nacional en enfrentar procesos penales por abortar

Mujeres tamaulipecas ocupan cuarto lugar en enfrentar procesos penales por abortar

Benny Cruz Zapata

Cd.Victoria, Tamaulipas.- Las mujeres tamaulipecas se ubican en cuarto lugar nacional en enfrentar procesos penales por el delito de aborto; de acuerdo a la informaci贸n estad铆stica manejada por el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad P煤blica de enero a mayo un total de 308 mujeres en el pa铆s se han visto involucradas en estas circunstancias.

Con 72 mujeres enfrentando la justicia por el delito de referencia el estado de M茅xico tiene el primer lugar de casos; le sigue Nuevo Le贸n con 52 carpetas de investigaci贸n, la Ciudad de M茅xico con 34 y Tamaulipas tiene 18 mujeres en esta circunstancia.

ABORTO

Es de apuntar que el C贸digo penal se帽ala en su art铆culo 356.- Comete el delito de aborto el que priva de la vida al producto de la concepci贸n en cualquier momento de la pre帽ez.

Articulo 357.- A la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, se le impondr谩 una sanci贸n de uno a cinco a帽os de prisi贸n, quedando facultado el juez para sustituirla por tratamiento m茅dico integral, para lo cual s贸lo bastar谩 que lo solicite y ratifique la responsable.

El tratamiento referido en este precepto ser谩 provisto por las Instituciones de Salud del Estado y tendr谩 como objeto apoyar a las mujeres a superar los efectos causados como consecuencia del aborto provocado, as铆 como reafirmar los valores humanos por la maternidad ayudando al fortalecimiento de la familia.

No se conceder谩 el beneficio de sustituir la sanci贸n privativa de libertad por el de tratamiento m茅dico integral, a la mujer que reincida en la comisi贸n del delito de aborto.

Art铆culo 358.- A la persona que provoque la muerte del producto de la concepci贸n de una mujer embarazada, se le impondr谩n:

I.- De cuatro a seis a帽os de prisi贸n, cuando provoque el aborto a solicitud o ruego de la mujer embarazada y sea mayor de edad;
II.- De cuatro a ocho a帽os de prisi贸n, cuando provoque el aborto a solicitud o ruego de la mujer embarazada y 茅sta sea menor de edad o incapaz;

III.- De cinco a siete a帽os de prisi贸n, cuando provoque el aborto sin el consentimiento expreso de la mujer embarazada y 茅sta sea mayor de edad;
IV.- De seis a nueve a帽os de prisi贸n, cuando provoque el aborto sin el consentimiento de la mujer embarazada cuando sea menor de edad o incapaz; La persona que provoque el aborto, adem谩s de la pena privativa de libertad, tendr谩 la obligaci贸n de reparar los da帽os y perjuicios ocasionados, que incluyen la imposici贸n espec铆fica de pagar los tratamientos curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para la recuperaci贸n de la salud f铆sica, ps铆quica y emocional de la mujer embarazada a la que se haya provocado el aborto.

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