Piden cárcel para autores de ciberdelitos en Tamaulipas
Piden cárcel para autores de ciberdelitos en Tamaulipas
Benny Cruz Zapata
Señalando que las Redes sociales son campo fértil para todo tipo de ciberdelitos, siendo los menores de edad unas de las víctimas principales; la Diputada Teresa Aguilar Gutiérrez expone que ya es tiempo de subsanar el vacío legal que pesa en torno a este tipo de agresiones en la red.
Puntualiza que es importante señalar que cuando existe una divulgación masiva de esta índole en las redes sociales, sin control ni consecuencia jurídica, afecta la imagen, la autoestima y el honor de las personas, principalmente de los menores.
Con los cambios propuestos a nivel legislativo expone que tiene como objetivo dotar de certeza jurídica, tipificando al “Delito contra la intimidad personal”; a quien publique, divulgue, difunda, exhiba o propague imágenes, de video o audiovisuales de contenido erótico, sexual o pornográfico de las personas involucradas en los hechos, sin su consentimiento, aun y cuando se haya mantenido con él o con ella, una relación de confianza, afectiva o sentimental.
“ Con esta medida se dará respuesta a las nuevas formas delictivas que hasta ahora estaban en un vacío jurídico”.
Comparte que las estadísticas indican que los menores de edad, son un blanco primordial en el campo de los ciberdelitos, los cuales son cometidos principalmente mediante la difusión de ellos en las redes sociales, cuyos sitios virtuales son utilizados por los delincuentes como vía para realizar muchos actos ilícitos.
Abunda que hay diferentes términos de los delitos mencionados como por ejemplo los packs, que se usan con el único objetivo de causar un menoscabo en la dignidad de los involucrados.
Otro término el ciberacoso, que no es más que el acto de chantajear, extorsionar, amenazar y hostigar, a una o varias personas a través de fotografías o videos eróticos enviados por lo regular a un teléfono celular o a una computadora por medio de la web, en las que aparece el autor o la víctima que es acosada.
Se puede hablar también de grooming, cuando se produce un acecho sexual donde previamente ha habido una estrategia de acercamiento, de engatusamiento, con el fin de ganarse la confianza del menor por parte del depredador sexual, para así obtener ese elemento de fuerza con el que se inicia el chantaje.
Con tales antecedentes se plantea tipificar en el Código Penal del Estado, el “Delito contra la intimidad personal”.
En la acción legislativa, se menciona que se impondrá prisión de seis meses a cinco años y multa de 800 a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualización a quien cometa el delito. La pena se aumentará hasta en una mitad, cuando la víctima fuese menor de 18 años de edad, o bien, cuando no tenga la capacidad de comprender el carácter erótico, sexual o pornográfico del hecho que constituye el contenido difundido.
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