En Tamaulipas 243 mujeres han enfrentado procesos penales por abortar

En Tamaulipas 243 mujeres han enfrentado procesos penales por abortar

Benny Cruz Zapata
Cd. Victoria, Tamaulipas.- Ante un poder legislativo indiferente en torno a la legalización del aborto en Tamaulipas, tal y como ya está marcado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación; en Tamaulipas un total de 243 mujeres han enfrentado procesos penales por abortar.
El Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública, da a conocer las cifras estadísticas que exponen que del 2016 al 2022 las demandas judiciales contra las mujeres que han interrumpido un embarazo se han mantenido.
En base a lo anterior se puntualiza que en el 2016, fueron 33 mujeres involucradas en procesos penales por abortar, en el 2027 fueron 32, en el 2018 ,46, en el 2019, 45, en el 2020 ,34, en el 2021, 44 y de enero a la fecha del presente año ya van nueve mujeres en esta situación.
En este contexto y pese a que a nivel federal en la Suprema Corte de Justicia de la nación ya es legal la interrupción del embarazo, en Tamaulipas el tema no está agendado a nivel legislativo, de ello la Diputada Alejandra Cárdenas confirma que no está incluido en la agenda legislativa:

“Hasta el momento no es tema incluido en el trabajo legislativo, es un tema delicado pero por el momento no está contemplado llevarlo a tribuna”, comparte la legisladora.

De acuerdo al artículo 357 del código penal de Tamaulipas, la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, tendrá una sanción de uno a cinco años de prisión.

El mismo artículo indica que la mujer tiene la opción de solicitar un tratamiento médico integral para sustituir la pena en prisión. De acuerdo al código penal, el tratamiento “tendrá como objeto apoyar a las mujeres a superar los efectos causados como consecuencia del aborto provocado, así como reafirmar los valores humanos por la maternidad ayudando al fortalecimiento de la familia”.
Sin embargo, el artículo 359 del mismo código penal establece que se impondrá de seis meses a un año de prisión a la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurren las siguientes circunstancias:
-No tenga mala fama
-Haya ocultado su embarazo
-Éste no sea resultado de unión matrimonial o concubinato
-La o las personas que participen en un aborto también tendrán una pena. Si el aborto se realiza con el consentimiento de la mujer, las sanción de cuatro a seis años de prisión y aumentará de cinco a siete años de prisión, cuando se realice sin el consentimiento de la mujer.
-El artículo 361 indica los casos en que el aborto no será sancionado cuando:
-Sea causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada;
-El embarazo haya sido resultado de una violación
-De no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte o de -un grave daño a su salud.

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