Mal inicio del 2024; violencia familiar el delito más común en Tamaulipas
Mal inicio del 2024; violencia familiar el delito más común en Tamaulipas
Benny Cruz Zapata
Cd. Victoria, Tamaulipas.- La violencia familiar sigue siendo el principal delito que se comete y se denuncia en Tamaulipas; en los primeros 30 días del año, ya van 564 casos del citado delito que han llegado a los tribunales, la Fiscalía General de Justicia precisa que la zona de Reynosa tiene el primer lugar con 141 demandas, le sigue Tampico con 139 y en tercer lugar lo mantiene Victoria con 123 casos.
Los municipios con menor índice de denuncias son Matamoros con 105, Nuevo Laredo con 32 y en último lugar está la zona de Mante con 29 expedientes abiertos.
Es de mencionar que la Ley de prevención de la violencia familiar en Tamaulipas marca:
Artículo 2. 1. Por violencia familiar se considera el uso de la fuerza física o moral, así como la omisión relacionada con sus obligaciones legales, que de manera reiterada ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, contra su integridad física, psíquica o ambas, independientemente de que produzcan o no lesiones.
2. Se considera miembro de familia al cónyuge, la concubina o el concubinario, los parientes consanguíneos en línea recta, ascendiente o descendiente sin limitación de grado, los parientes colaterales consanguíneos o afines hasta el cuarto grado, el adoptante y el adoptado, el o la ex cónyuge, la ex concubina o el ex concubinario, y cualquier persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de alguno de los mencionados.
Asimismo aquella persona que tenga una relación formal o informal, de afecto o amistad o la hubiera tenido con cualquier miembro de la familia.
3. Se considera reiterada aquella conducta que se repite una o más veces.
3 4. Se equipara a la violencia familiar cuando se realice cualquiera de los actos señalados en el presente artículo en contra de la persona con la que se encuentre unida fuera del matrimonio; de los parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado de esa persona, o de cualquier otra persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona.
Artículo 3. Son especies de la violencia familiar las siguientes:
Maltrato físico: Es todo acto de agresión intencional, que se ejerce sobre el cuerpo de la víctima y es producido mediante la fuerza física o el empleo de cualquier objeto capaz de producir una lesión interna, externa o ambas.
El maltrato físico puede darse en una variedad de manifestaciones que van desde el pellizco o jalón de cabellos, hasta ocasionar lesiones graves con pérdida de órganos, afectación a las capacidades mental o motriz, o la pérdida de alguna parte del cuerpo de la víctima, sin importar si se produjeron con manos, pies, u objetos tales como cinturones, utensilios domésticos o instrumentos cortantes, punzo-cortantes o punzo-contundentes, armas o instrumentos para sujetar o cualquier otro objeto, así como inmovilizar o causar daño a la integridad física de otra persona mediante su sometimiento y control; estos entre todo tipo de maltratos.
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Violencia familiar